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Foto del escritorHugo A. Santos A., RCDD

Desinformación en la implementación de la red de acceso a la TDT en Colombia

Es de vital importancia abordar a tiempo las noticias erróneas relacionadas con el cumplimiento obligatorio de un reglamento para evitar la confusión y desinformación en la sociedad. Esta es la razón que ha inspirado el presente artículo, el cual tiene como objetivo desmentir afirmaciones que podrían afectar tanto a los proyectos de vivienda en propiedad horizontal sujetos al RITEL, como a los usuarios finales; estos últimos podrían verse privados del derecho de disfrutar de la señal gratuita de la Televisión Digital Terrestre (TDT) de óptima calidad en sus hogares, tal como lo establece el reglamento en Colombia.


Contexto

En el reglamento vigente, establecido por la compilación de las resoluciones CRC-5405/2018, CRC-5993/2020 y CRC-6771/2022, se tienen dos objetivos claros:

1. Establecer condiciones mínimas para el diseño y construcción de la infraestructura soporte de la red interna de telecomunicaciones y la red de acceso al servicio de Televisión Digital Terrestre (TDT) en inmuebles de viviendas bajo régimen de copropiedad o propiedad horizontal, con el fin de mejorar y masificar la cobertura de servicios de telecomunicaciones en el país y 2. Actuar como un instrumento técnico-legal para garantizar la libre competencia entre los proveedores de servicios de telecomunicaciones.


Recientemente, ha surgido información errónea que indica que los inmuebles sujetos al RITEL NO necesitan contar con la red de acceso al servicio de la Televisión Digital Terrestre. Se argumenta que dichos canales son proporcionados actualmente de forma gratuita por los proveedores de servicio, lo que supuestamente haría redundante tener una red de acceso a la TDT en el proyecto. Al mismo tiempo, se ha especulado acerca de la posible intención de la Comisión de Regulación de Comunicaciones de derogar próximamente todo lo relacionado con la red TDT, dejando sólo la infraestructura soporte como requisito RITEL obligatorio.


El reglamento no ha cambiado, sigue siendo obligación del constructor diseñar, suministrar, implementar y dejar en operación tanto la Infraestructura Soporte (canalizaciones, espacios de telecomunicaciones, gabinetes, etc.) como la red de acceso al servicio de Televisión Digital Terrestre (TDT). Vale la pena recordar que al finalizar los proyectos estos sistemas deben obtener la certificación por parte de un Organismo de Inspección acreditado ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC y que los resultados de la certificación "aprobado" o "no aprobado" deben ser publicados en la plataforma de la Superintendencia de Industria y Comercio SICERCO. La finalidad de este sistema de información es el de fortalecer las actividades de control y vigilancia de los reglamentos técnicos a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio a través de los certificados que emiten los Organismos Evaluadores de la Conformidad, y así garantizar de forma efectiva la protección de los derechos de los consumidores y de los ciudadanos en general.


En conclusión, podemos afirmar que frente a noticias relacionadas con el cumplimiento del RITEL, resulta fundamental tomar medidas para evitar la propagación de información errónea. Se recomienda especialmente verificar cualquier noticia con la autoridad competente ya que los reglamentos técnicos tienen un impacto significativo y siempre serán oficialmente socializados por los respectivos entes de control previo a la entrada en vigencia de cualquier reforma.


Para mantenerse informado acerca del RITEL, es aconsejable consultar la información oficial proporcionada por la CRC a través del micrositio designado: https://www.crcom.gov.co/es/micrositios/ritel. Al seguir estas recomendaciones, contribuimos a garantizar una divulgación precisa y responsable de la información, fomentando el cumplimiento adecuado de las normativas y promoviendo una sociedad informada y consciente.


Para cualquier inquietud acerca de la aplicación del reglamento, pueden escribir y obtener respuesta oficial por parte de la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC al correo electrónico comunicacioncrccare@crcom.gov.co.


Saludos,

Ing. Hugo A. Santos A. Ing. electrónico, Diseñador RITEL, experto técnico ONAC, auditor en los procesos de acreditación y vigilancia de Organismos de Inspección.


DITTEL SAS empresa líder en consultoría de infraestructura de telecomunicaciones en Colombia para edificios residenciales y comerciales. Seguimos normativas específicas, como el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL) en viviendas y las normas de diseño de BICSI para edificios comerciales. Ofrecemos servicios RITEL como conferencias empresariales, diseño de infraestructura soporte, diseño de la Red de Acceso al Servicio de Televisión Digital Terrestre - TDT, Auditorias, interventorías y formación personalizada para ingenieros.

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