Según la Agenda regulatoria 2019-2020 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en 2019 continúa la socialización del Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL- con el apoyo de CAMACOL. El Reglamento, rige a partir del 1 de Julio de 2019 sobre aquellos inmuebles del régimen de propiedad horizontal cuyo uso sea vivienda y que no cuenten con licencia de construcción como obra nueva, o con la radicación de documentos de que trata el Artículo 2.2.5.3.1. del Decreto 1077 de 2015, procedimiento requerido para habilitar e iniciar la etapa de preventa de cualquier proyecto constructivo.
Veamos lo que dice el punto 3.3.6 de la agenda regulatoria 2019-2020 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC:
“Con la finalidad de preparar la entrada en vigor del Reglamento para Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL-, establecida para el 01 de julio de 2019, la CRC desarrolló la propuesta regulatoria de modificación de dicho reglamento, continuando con el trabajo desarrollado en las mesas de trabajo realizadas durante 2016 y 2017 sobre la materia, incluyendo la modificación de los puntos susceptibles de mejora identificados en aplicación de la metodología de Análisis de Impacto Normativo.
Con la modificación realizada al RITEL se busca que las viviendas que responden al régimen de propiedad horizontal cuenten con espacio suficiente en la infraestructura de soporte instalada, permitiendo de esta manera a sus habitantes escoger libremente el servicio y prestador de servicio de telecomunicaciones en un ambiente de libre competencia. De este modo se propende por maximizar los beneficios generados con el RITEL, al menor costo posible para los interesados.
El documento soporte y la propuesta regulatoria se publicaron para comentarios el 22 de mayo de 2018, realizando posteriormente la publicación de la Resolución CRC 5405 el 16 de julio del mismo año “Por la cual se modifica la Sección 1 del Capítulo 2 del Título VIII y el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016”, la cual contiene los ajustes y optimización del Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones –RITEL– que fue expedido por la CRC mediante Resolución CRC 4262 de 2013. A partir de la expedición de la mencionada resolución, la CRC ha venido realizando socializaciones con los grupos de valor correspondientes, actividad que continuará en 2019 con el apoyo de CAMACOL.”
Resumiendo, vemos que dicho reglamento entrará en vigencia el próximo 1 de julio y tendrá el siguiente alcance:
1. Se deberá diseñar e implementar una infraestructura de soporte (ductos y espacios de telecomunicaciones) que le permita la entrada al inmueble a todos los proveedores de servicio de la zona (Ej.: Claro, Movistar, ETB etc.).
2. Simultáneamente se deberá diseñar e implementar la red de acceso al servicio de la TDT (televisión Digital Terrestre).
Nota: Todas las redes internas restantes, el reglamento las denominó “Redes de Consumo”, deberán ser diseñadas e implementadas por los proveedores de servicio de la zona, utilizando la infraestructura de soporte diseñada e implementada por el constructor del inmueble.
Con una “Red Interna de Telecomunicaciones” conformada de esta forma se espera que los usuarios puedan elegir libremente a su proveedor de servicios y así obtener la mejor calidad en el servicio de televisión satelital, telefonía e internet a unos costos muy competitivos.
Consultar en: https://www.crcom.gov.co/es/pagina/agenda-regulatoria
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